Usted está en: Página principal Sugerencia de temas Solo tres países de América Latina prohíben el castigo físico contra niños
Paraguay | Tema: Huellas
Solo tres de los 24 países del mundo que prohíben expresamente el castigo físico y humillante contra los niños y niñas y adolescentes son de América Latina: Uruguay, Venezuela y Costa Rica. En Paraguay, el Frente Parlamentario por la Infancia tiene previsto elaborar un proyecto de este tipo el año próximo.
Estos tres países promulgaron nuevas leyes o modificaron las existentes en sus parlamentos, luego de un proceso de adecuación a los lineamientos acordados en los organismos internacionales, de articulación entre la sociedad civil, los partidos políticos y el Estado y de asociación con las universidades a la hora de generar conocimiento.
Uruguay prohibió el castigo físico contra la niñez el 20 de noviembre de 2007; Venezuela, el 10 de diciembre del mismo año; y Costa Rica, el 1 de agosto de 2008.
Las tres naciones recorrieron el camino transitado por la comunidad internacional en cuanto a la incorporación de derechos humanos universalmente válidos, como también de derechos específicos de los niños, niñas y adolescentes. Las declaraciones, las convenciones y los pactos internacionales a los que adscribieron, así como los acuerdos regionales que firmaron, especialmente en los siglos XIX y XX, fueron el marco donde se incubó el principio rector del niño como sujeto pleno de derechos finalmente consagrado por la Convención sobre los Derechos del Niño, y refrendado en los nuevos códigos de la niñez y la adolescencia aprobados a partir de ésta en varias naciones de la región.
El Código de la Niñez y Adolescencia vigente en Costa Rica desde 1998, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente aprobada en Venezuela ese mismo año, y el Código de la Niñez y la Adolescencia sancionado en Uruguay en 2004, todos valiosos instrumentos en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, compartieron –sin embargo– el demérito de no incluir disposiciones claras sobre la prohibición del castigo físico y humillante, subsanado finalmente por las leyes a las que antes hicimos referencia.
Lo cierto es que la movilización internacional llevada adelante en los primeros años del siglo XXI, impulsada por la Iniciativa Global para acabar con el Castigo Corporal hacia Niños, Niñas y Adolescentes (2001), la realización del “Informe mundial sobre la violencia y la salud” de la Organización Mundial de la Salud (2003), y la elaboración del “Estudio mundial sobre la violencia contra los niños, niñas y adolescentes”, coordinado por Paulo Sergio Pinheiro (2006), sentaron las bases para las iniciativas concretadas por estas tres naciones, y para las demás, que seguramente en breve incorporarán este tipo de legislación a su normativa.
